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¿Quién puede conducir una plataforma elevadora?

¿Quién puede conducir una plataforma elevadora en Chile ?

¿Quién puede conducir una plataforma elevadora?

Solo puede conducir una plataforma elevadora (alza hombre) el personal capacitado y certificado como operador, mayor de edad, con la certificación de competencias bajo la norma NCh 2728 y el Decreto Supremo N°40. En muchas faenas se exige además la licencia de conducir Clase D, especialmente en equipos autopropulsados. En MC, especialistas en venta y arriendo de plataformas elevadoras, te explicamos quién está habilitado y qué requisitos debe cumplir.

Requisitos para conducir una plataforma elevadora en Chile

No cualquier persona puede operar el equipo. Quien lo conduzca debe cumplir, como mínimo:

  • Ser mayor de edad y estar en condiciones físicas aptas para el trabajo en altura.
  • Contar con certificación de competencias como operador de plataforma elevadora, emitida por un OTEC bajo la NCh 2728 y el DS N°40.
  • Haber recibido capacitación teórica y práctica específica del tipo de equipo que va a operar.
  • Licencia de conducir Clase D cuando el equipo es autopropulsado o lo exige el mandante.
  • Autorización del empleador y conocimiento del procedimiento de trabajo seguro de la faena.

¿Por qué no puede conducirla cualquiera?

El trabajo en altura concentra algunos de los riesgos más graves en obra: caídas, vuelcos, atrapamientos y contactos eléctricos. Un operador no certificado desconoce los límites del equipo y las medidas preventivas, poniendo en peligro su vida y la de terceros. Por eso la ley chilena exige formación acreditada: no es un trámite, es una medida de seguridad esencial.

La certificación IPAF como respaldo internacional

Además de la certificación nacional, existe la acreditación internacional IPAF (tarjeta PAL), cada vez más solicitada en grandes faenas en Chile. Acredita que el operador domina el manejo seguro según estándares globales y es un diferenciador importante en licitaciones y mandantes exigentes.

Responsabilidad del empleador

La empresa también tiene obligaciones: debe asegurarse de que solo personal autorizado y certificado opere los equipos, mantener las máquinas en buen estado, entregar el EPP adecuado y supervisar el cumplimiento del procedimiento de trabajo seguro. Permitir que personal no certificado conduzca una plataforma expone a la empresa a sanciones y responsabilidad legal.

En resumen

Puede conducir una plataforma elevadora únicamente el operador mayor de edad, capacitado y certificado bajo la NCh 2728 y el DS N°40, con licencia Clase D cuando corresponde. No es una tarea para personal improvisado: requiere formación acreditada y autorización del empleador.

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